Nuevas normas de circulación
La reforma del Reglamento General de Circulación introduce desde este 1 de octubre nuevas obligaciones para los usuarios de la vía y refuerza la protección de peatones, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal
Desde este 1 de octubre de 2026 está en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, una modificación que introduce nuevas reglas para distintos usuarios de la vía y establece por primera vez un marco específico para la circulación en zonas urbanas.
La reforma pone especial atención en los denominados usuarios vulnerables, entre ellos peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), y adapta las normas a los nuevos hábitos de movilidad. Nuevas reglas para los patinetes eléctricos
Los usuarios de patinetes y otros VMP deberán tener al menos 15 años para conducirlos y tendrán que utilizar casco de protección.
Además, durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad será obligatorio utilizar chaleco reflectante.
El alumbrado de los VMP también pasa a ser obligatorio de forma permanente, aunque esta última obligación no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027. Fuera de los núcleos urbanos, estos vehículos podrán circular por vías segregadas del tráfico a motor, como determinados carriles bici, salvo que exista señalización que lo prohíba.
Más protección para los ciclistas
Los cambios afectan también de manera importante a quienes utilizan la bicicleta.
En las vías interurbanas, el casco será obligatorio para todos los ciclistas y desaparecen las excepciones que existían anteriormente.
También cambian las condiciones para adelantar a una bicicleta. Los vehículos deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Si la carretera cuenta con más de un carril por sentido, será necesario cambiar completamente de carril.
En las ciudades, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril, y deberá mantenerse una distancia mínima de cinco metros entre los vehículos a motor y las bicicletas que circulen delante por el mismo carril. La reforma también contempla determinadas posibilidades para circular en ambos sentidos en calles de un único carril con límite de 30 km/h.
Nuevas obligaciones para motoristas
Los conductores de motocicletas y ciclomotores también tendrán que adaptarse a varias novedades.
En las vías interurbanas será obligatorio utilizar guantes de protección, aunque las especificaciones técnicas definitivas de estos guantes quedarán vinculadas a una futura orden ministerial. Mientras tanto, se utilizarán guantes con las características actuales.
El calzado cerrado será obligatorio para los motoristas en cualquier tipo de vía.
Otra modificación llegará el 1 de octubre de 2027, cuando los usuarios de ciclomotores deberán utilizar un casco homologado, en lugar de uno simplemente certificado. Hasta entonces existe un periodo transitorio.
La nueva normativa también permite a las motocicletas circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y no se superen los 30 km/h.
Los riders tendrán obligaciones específicas
Los profesionales que utilicen bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas para desarrollar su actividad deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
Cambios que afectan a los peatones
La reforma introduce nuevas normas específicas para las zonas urbanas y refuerza la protección de los peatones.
En los pasos de peatones regulados por semáforo, como norma general, no deberá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde no intermitente para los peatones.
Además, las calles con plataforma única cuentan con nuevas reglas destinadas a ordenar la convivencia entre peatones y vehículos.
Otra novedad es la incorporación al Reglamento de los caminos, rutas y entornos escolares seguros, destinados a facilitar que los menores puedan desplazarse hasta los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.
Cómo actuar ante un atasco
La nueva normativa regula también la creación del denominado carril de emergencia cuando exista una retención y los vehículos estén detenidos o circulen muy lentamente.
Los conductores deberán colocarse de manera que quede libre un espacio para permitir el paso de los vehículos de emergencia. La configuración de este espacio dependerá del número de carriles de la vía. DGT
Asimismo, cuando un vehículo pase junto a otros que se encuentren inmovilizados por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
Novedades cuando hay nieve
En autopistas y autovías, cuando la circulación esté dificultada por la nieve, queda prohibido adelantar y se deberá facilitar el paso de los vehículos de emergencia y de mantenimiento, utilizando el carril derecho.
También cambian algunas normas sobre el cinturón
La reforma elimina determinadas excepciones al uso del cinturón de seguridad. Entre otros casos, pasa a ser obligatorio para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción.
Se mantiene una excepción específica para determinados ocupantes de ambulancias asistenciales que se encuentren en servicio de urgencia y ocupen el habitáculo destinado al paciente.
Nuevas condiciones para las autocaravanas
Las autocaravanas también aparecen en la reforma. Durante su estacionamiento no podrán extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar únicamente sobre sus neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Una reforma que ya está en vigor
La mayor parte de estas modificaciones se aplican desde hoy, 1 de octubre de 2026. Sin embargo, hay algunas excepciones: el alumbrado diurno obligatorio para los VMP y el nuevo requisito de casco homologado para los usuarios de ciclomotores comenzarán a exigirse el 1 de octubre de 2027. La obligación de utilizar guantes de protección con nuevas especificaciones para motoristas quedará pendiente de la correspondiente orden ministerial.
La reforma incorpora además un nuevo título específico sobre normas de circulación en zonas urbanas, otorgando a los ayuntamientos margen para desarrollar determinados aspectos mediante sus ordenanzas, siempre dentro del marco establecido por el Reglamento General de Circulación
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