El Ayuntamiento abre el plazo para solicitar las ayudas para la rehabilitación de viviendas   

Viviendas de Baena

El Ayuntamiento de Baena ha publicado las ayudas municipales para la rehabilitación, eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de viviendas en el municipio, garantizando el derecho a una vivienda accesible, segura y adecuada para personas con discapacidad, personas mayores y otros colectivos vulnerables. Estas ayudas tienen presupuestado un importe máximo de 100.000 euros. Del total del presupuesto, el 80% se destinará a la línea 1 y el 20% se asignará a la línea 2. Las actuaciones y conceptos subvencionables en la línea 1 son actuaciones dirigidas a la rehabilitación/conservación de la vivienda habitual o de elementos comunes de edificios de uso residencial, para que los mismos alcancen las condiciones necesarias para su habitabilidad y, por consiguiente, se puedan destinar a vivienda habitual del solicitante.

En la línea 2 son actuaciones dirigidas a la promoción de la accesibilidad universal de las viviendas del municipio: eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación interior de las viviendas mediante las modificaciones necesarias para garantizar la autonomía personal de las personas con movilidad reducida o necesidades especiales, mediante instalación de rampas, ascensores, plataformas elevadoras y otros dispositivos que faciliten la movilidad; ensanchamiento de puertas y pasillos; adecuación de baños, cocinas y otros espacios interiores; modificación de escalones y desniveles en accesos.

Entre los requisitos para solicitar cualquiera de las líneas el promotor deberá ser el propietario de la vivienda y estar empadronado y residir permanentemente en la misma o, con autorización de éste, el arrendatario o usuario. Los ingresos anuales de la unidad de convivencia no podrán ser superiores a 21.000 euros. Cuando se trate de actuaciones promovidas por comunidades de propietarios sobre elementos comunes, al menos el 50 por 100 de los propietarios no superará dicho nivel de ingresos. En caso de personas jurídicas sin ánimo de lucro, cuya actividad sea servir de residencia habitual a determinados colectivos, no se tendrá en cuenta el criterio de rentas.

Las viviendas deben estar situadas en casco antiguo, tener una antigüedad de más de 20 años.  No estar calificadas urbanísticamente como fuera de ordenación, tener una superficie útil no inferior a 36 m², tener unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta, no tener la consideración de infravivienda.

En la línea dos, las viviendas deberán estar situadas en el término municipal de Baena y las que se encuentren situadas en la zona del ensanche y Albendín, los solicitantes deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos: tener más de 65 años o tener minusvalías que le impidan la movilidad o sean dependientes.

En la línea 1 los beneficiarios percibirán una subvención de hasta el 80 por ciento de la valoración

realizada por el técnico municipal, con un máximo de 8.000 euros. Se establece un límite al presupuesto de las obras a ejecutar de 10.000 euros. En la línea 2 la ayuda concedida tendrá una cuantía máxima de 1.000 euros.

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