El juez decide que la declaración como no adscrito de un edil en Baena se resuelva «en sentencia»

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cinco de Córdoba ha acordado que la declaración del edil de Iporba Alfonso Rojano, como concejal no adscrito, que adoptó el Pleno del Ayuntamiento de Baena el pasado 26 de noviembre y contra la que se ha posicionado Rojano, en base a la supuesta conculcación de derechos fundamentales, «deberá resolverse en sentencia».
De hecho y ante la alegación de «la Administración demandada (el Ayuntamiento de Baena) de que no hay actividad administrativa impugnable», de que «no se conculca derecho fundamental alguno» por el Consistorio y de que «se trata de un problema de legalidad ordinaria», el juzgado ha establecido que «no cabe en esta anticipada fase procesal declarar la inadmisibilidad» del recurso de Rojano oponiéndose a su declaración como edil no adscrito.
Por otra parte, y según ha publicado ‘Diario Córdoba’, el mismo juzgado cordobés ha declarado la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo para la protección de los derechos fundamentales contra la comunicación de Iporba al Ayuntamiento de la suspensión temporal de militancia y la posterior expulsión de Alfonso Rojano, por «falta de jurisdicción», estimando competente la civil al tratarse de actividades no susceptibles de impugnación.

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